SANTO DOMINGO.- El 21 de octubre, a las 7:00 de la noche, será la fecha límite para el cierre definitivo del padrón electoral con miras a las elecciones municipales del 18 de febrero próximo, así lo dispuso ayer la Junta Central Electoral (JCE), en virtud de las legislaciones vigentes.
La decisión, contenida en la resolución 54-2023, limitará la prestación de servicios administrativos para nuevas inscripciones en el registro electoral, cambios de datos mayores y menores; renovación de cambios menores, cambio de militar a civil y viceversa, así como cambio de residencia.
Así como renovación de documentos de identificación (cédulas azules y amarillas), naturalización o renuncia a la ciudadanía dominicana.
Ley electoral
Para su decisión, el pleno de la JCE, presidido por Román Jáquez, entre otras cosas argumenta que el artículo 85 de la Ley 20-23 de Régimen Electoral establece: “Las inscripciones de los ciudadanos y ciudadanas serán continuas, y sólo se suspenderán, para los fines electorales, desde 120 días antes de las primeras elecciones ordinarias y hasta treinta 30 días después de celebradas las últimas.
Su párrafo único establece que para “las elecciones del mes de mayo, todas aquellas inscripciones que se hayan recibido y procesado entre la fecha de cierre y la celebración de las elecciones del mes de febrero, serán incorporadas al registro electoral.
Asimismo, el artículo 86 de la referida legislación dice que “las personas que se inscribieren en el archivo maestro de cedulados durante el período en que se encuentren suspendido el registro electoral, serán dotadas de una certificación que les servirá como documento de identidad, hasta tanto sea reabierto el Registro Electoral”.
Diáspora
La resolución 54-2023 no incluye a la diáspora, ya que la misma no tendrá participación en las elecciones municipales, pero si, en lo relativo a las presidenciales y congresuales. el cierre del padrón para el proceso se producirá el mes de enero próximo.
“En el caso de los empadronamientos en el exterior, todos ciudadanos que deseen ejercer el sufragio en las elecciones generales ordinarias presidenciales y de diputaciones en el exterior del 19 de diciembre del 2024, y una eventual segunda vuelta para las elecciones presidenciales, podrán empadronarse en las oficinas se servicios en el exterior”, señala el organismo comicial.
Notificación
La disposición tercera de la resolución 53-2023 dice que el cierre de la inscripción antes señalado, tiene carácter de suspensión provincial, ordenándose la reapertura a esos fines 30 días después de haberse celebrado las últimas elecciones.
Mientras que en la cuarta, el organismo comicial dispone que de conformidad con el numeral 21, artículo de la Ley 20-23 se hará entrega a las organizaciones políticas del registro de electores a ser utilizado en las elecciones municipales del febrero.
Duplicados
La resolución, firmada por todos los miembros de la JCE, expresa además, que los duplicados de cédula de identidad y electoral por concepto de pérdida o deterioro, se continuarán entregando de manera normal hasta dos días antes de cada elecciones hasta las 7:00 de la noche.
Dolosos
La iniciativa electoral, aprobada por el pleno, De comprobar hechos dolosos en la obtención del documento, se procederá con la anulación del cambio solicitado, sea este aprobado o no, y se perseguirá de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación vigente. Es decir, que de comprobarse irregularidades, la cédula obtenida será cancelada.